Normativa: Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía y Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA nº 22, de 3 de febrero de 2026).
Acceso: oposición · Escala básica: subgrupo C1
Qué ha cambiado con el Decreto 8/2026
El Decreto 8/2026 sustituye el marco anterior de acceso a la Policía Local de Andalucía. Si preparabas la oposición con información previa a febrero de 2026, esto es lo que ya no vale:
La estatura mínima ha desaparecido. El artículo 18 ya no exige altura para opositar. Antes se pedían 1,65 m en hombres y 1,60 m en mujeres.
Los permisos están concretados: clases A2 y B, y ninguno de los dos puede estar limitado a vehículos automáticos. Antes se remitía a lo que se determinara reglamentariamente.
Convocatoria unificada: el decreto regula por primera vez un sistema unificado para toda la comunidad.
Requisitos para opositar a Policía Local en Andalucía
El acceso por turno libre a la categoría de Policía se realiza mediante oposición. Estos son los requisitos del artículo 18 del Decreto 8/2026:
- Poseer la nacionalidad española.
- Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
- Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o titulación equivalente para el acceso a la escala básica (subgrupo C1).
- Poseer los permisos de conducción A2 y B, sin que ambos estén afectados por la restricción de vehículos automáticos, y comprometerse a conducir vehículos policiales.
- Prestar compromiso, mediante declaración, de portar armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas.
- No haber sufrido separación del servicio mediante resolución administrativa firme, ni inhabilitación para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
- No tener antecedentes penales por delitos dolosos, sin perjuicio del beneficio de la rehabilitación.
- Si ya se obtuvo antes una plaza por turno libre, acreditar cinco años de servicio en el municipio donde se obtuvo. Si fueron varias, se aplica sobre la última.
- Abonar las tasas de derechos de examen.
Las pruebas de la oposición
Las pruebas son eliminatorias y se dividen en cuatro subfases.
A) Prueba de aptitud física
Se califica según el baremo del anexo II. El resultado global es apto o no apto. Los ejercicios se realizan en orden y cada uno es eliminatorio para el siguiente.
| Prueba | Hombres | Mujeres |
|---|---|---|
| A.1 · Velocidad (50 m lisos) | 8″5 máximo | 9″5 máximo |
| A.2 · Potencia tren superior | 8 flexiones en suspensión (mínimo) | Balón medicinal 3 kg: 5,25 m (mínimo) |
| A.3 · Potencia tren inferior (salto vertical) | 44 cm mínimo | 33 cm mínimo |
| A.4 · Circuito de agilidad | 11″6 máximo | 12″7 máximo |
| A.5 · Resistencia (1.000 m lisos) | 3′50″ máximo | 4′40″ máximo |
| A.6 · Natación (25 m libres) — opcional | 29″ máximo | 35″ máximo |
Las cinco primeras son obligatorias. La natación es opcional para el ayuntamiento, pero si se convoca hay que superarla.
B) Prueba de conocimientos
Dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, con un tiempo conjunto mínimo de tres horas:
- Cuestionario teórico: 100 preguntas (incluidas al menos 5 de reserva) con 4 respuestas alternativas. Los errores penalizan. Temario del anexo III.
- Caso práctico relacionado con el temario.
Ambos se califican de 0 a 10 y hay que sacar un mínimo de 5 en cada uno. La nota final es la media.
C) Pruebas psicotécnicas
Anexo IV. Comprueban aptitudes y actitudes para las funciones policiales, y los resultados se contrastan mediante una entrevista personal obligatoria. Apto o no apto.
D) Examen médico
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas del anexo V. Apto o no apto.
Después de aprobar: el curso del IESPA
Superadas las cuatro subfases queda el curso preceptivo de ingreso en el IESPA (Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía), en escuela acreditada o municipal, seguido del periodo de prácticas. Después llega el nombramiento como funcionario de carrera.
Escalas y categorías
| Grupo | Escala | Categorías (orden jerárquico) |
|---|---|---|
| A1 | Técnica | Intendente principal · Intendente |
| A2 | Ejecutiva | Inspector/a · Subinspector/a |
| C1 | Básica | Oficial · Policía |
Para la escala básica (C1) se exige título de Bachiller, Técnico o equivalente. Artículo 23 de la Ley 6/2023.
Preguntas frecuentes
¿Hay altura mínima para ser Policía Local en Andalucía?
No. El Decreto 8/2026 eliminó el requisito de estatura mínima. Hasta su entrada en vigor se exigían 1,65 m en hombres y 1,60 m en mujeres.
¿Qué edad máxima hay para opositar?
No haber cumplido la edad de jubilación forzosa. La edad mínima son 18 años.
¿Vale solo con el permiso B?
No. Se exigen los permisos A2 y B, y ninguno de los dos puede estar limitado a vehículos automáticos.
¿Es obligatoria la prueba de natación?
Es opcional para cada ayuntamiento. Ahora bien, si la convocatoria la incluye, hay que superarla obligatoriamente.
¿Penalizan los fallos en el test?
Sí. En el cuestionario de 100 preguntas los errores penalizan, así que responder al azar puede restar.
¿Qué nota hace falta en conocimientos?
Un mínimo de 5 sobre 10 en el cuestionario teórico y otro 5 en el caso práctico, por separado. La nota final es la media.
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